CABARETS Y SIMILARES, INSPECTORES EN LOS.
La presencia de los inspectores en los cabarets y lugares similares, tiene por objeto la conservación del orden y que se vigile el cumplimiento del reglamento respectivo, independientemente de las cuestiones sanitarias y fiscales; por lo que, aun funcionando ilegalmente uno de dichos lugares, requiere la presencia de un representante de la autoridad, en tanto se toman las medidas necesarias para proceder a su clausura o para hacer que se cumpla con las leyes aplicables. Por tanto, el hecho de que se haya nombrado por la autoridad correspondiente, un inspector en un cabaret o lugar similar, no quiere decir que se haya consentido tácitamente en dar la licencia respectiva, para que funcione dicho establecimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334254-4560e038/cabarets-y-similares-inspectores-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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