INSPECTORES EN LOS CABARETS, SUSPENSION EN CASO DE SUELDOS A LOS.
Debe concederse la suspensión contra la orden de que el dueño de un cabaret pague los sueldos del inspector-autoridad nombrado en el, porque se reúnen los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo; pero como estos honorarios significan erogaciones que mientras dura la suspensión, tiene que cubrir la autoridad y cuyo reintegro, en caso dado, debe ser asegurado debidamente, la suspensión ha de concederse mediante fianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330035-29ef2bed/inspectores-en-los-cabarets-suspension-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 293/38. Alonso Orejas María. 14 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.
Jurisprudencia relacionada
- INSPECTORES EN LOS CABARETS, SUSPENSION EN CASO DE NOMBRAMIENTO DE. (s/clave)
- CABARETS Y CANTINAS, INSPECTORES EN LOS. (s/clave)
- CABARETS Y SIMILARES, INSPECTORES EN LOS. (s/clave)
- CABARETS Y CANTINAS, SUELDOS DE LOS INSPECTORES EN LOS. (1024)
- CABARETS, SUELDOS DE LOS INSPECTORES AUTORIDAD EN LOS. (s/clave)
- CABARETS. INSPECTORES (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis