CABARETS. INSPECTORES
Para que los honorarios que los dueños de cabarets deben pagar a los inspectores puedan considerarse con el carácter de impuestos, es requisito indispensable que sea la tesorería quien los cobre.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816546-09dec3d4/cabarets-inspectores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 1457/38. Melgar Reyes Arnulfo. 24 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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