POSESION, PRUEBA DE LA.
La posesión de un predio, independientemente de otra prueba, se acredita si las autoridades reconocen con sus procedimientos esa posesión, al pretender desalojar al poseedor de tal fracción de terreno, u obligarlo a legalizar la ocupación, mediante un contrato de arrendamiento, e imponerle una multa por infracción a una ley, como poseedor de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330003-baf1fcc6/posesion-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1650/39. Cruz Silverio. 10 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rodolfo Asiáin, no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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