POSESION, PRUEBA DE LA.
Si en el juicio se comprobó que una persona tiene títulos que hacen prueba plena, respecto de la propiedad de un terreno y que disponía de éste, lo que se demostró mediante una diligencia de inspección judicial; que celebró contratos de aparcería sobre el mismo, y por último, que paga las contribuciones respectivas, debe estimarse que todos estos hechos concatenados lógicamente, como un conjunto de indicios, hacen deducir la prueba plena de la posesión, por parte de esa persona.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353451-83075c9f/posesion-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1339/41. Martínez Adela y coagraviadas. 17 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina.
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