IMPUESTO, OMISION DEL PAGO DEL, EN CASO DE SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO.
Como no hay norma jurídica alguna que sancione para el contribuyente inconforme, el resultado desgraciado de su gestión, con un recargo por la omisión en el pago de un impuesto, sino que al contrario, la misma ley expresamente le a otorgado el derecho a la suspensión del procedimiento de cobro para no verificarlo, es ilegal pretender cobrar el recargo con motivo de la falta de fundamento del recurso de revisión, fundándose en una circular, pues éstas no contribuyen, ni desde el punto de vista formal ni desde el material, un acto legislativo, no puede suplir las deficiencias imperativas de una ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330610-ade9a51d/impuesto-omision-del-pago-del-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTOS PREDIALES, SUSPENSION CONTRA EL COBRO DE. (s/clave)
- IMPUESTOS, SUSPENSION CONTRA EL PAGO DE LOS. (596)
- IMPUESTOS, SUSPENSION CONTRA SU COBRO. (s/clave)
- IMPUESTOS, IMPEDIMENTO LEGAL DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EL COBRO DE LOS. (s/clave)
- PAGO BAJO PROTESTA. NO ES CAUSA DE IMPROCEDENCIA EL QUE ESTE NO SE DEMUESTRE. (s/clave)
- IMPUESTOS PAGADOS POR ERROR, IMPUGNACION DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis