PAVIMENTACION, EXIGIBILIDAD DE LOS IMPUESTOS POR.
No por el hecho de que una persona haya adquirido una finca libre de gravámenes y responsabilidades, queda exenta del pago del adeudo que por pavimentación, reporta la mencionada finca, porque las contribuciones son derechos reales, que gravitan sobre los bienes que las causan y lo pactado en la escritura de adquisición, dará derecho, en todo caso, para cobrar al anterior dueño el importe de las contribuciones que se paguen, si conforme a lo estipulado éste debía pagarlas, pero no libra al adquirente de la obligación de hacerlo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331022-564ad471/pavimentacion-exigibilidad-de-los-impuestos-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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