CONTRATOS RESPECTO A SERVICIOS PUBLICOS.
Es indiscutible que se faltaría a la moralidad, si celebrado un contrato por un Ayuntamiento, para la construcción de un edificio público, se declarara inexistente, apropiándose aquél dicho edificio ya construido, sin acabar de cubrir su precio; pero cuando dicho edificio vuelve al poder de sus dueños y simplemente el Municipio se hace cargo de un servicio sobre el cual debe tener intervención y manejo directo, juntamente con la legislatura, incuestionablemente que no puede concederse el amparo que pide el contratante, para seguir disfrutando del ingreso por el servicio público, aun cuando ofrezca trasmitir el edificio, pues lo que procede en casos semejantes, es celebrar contratos que no violen el artículo 115 de la Constitución, y que, a la vez, beneficien a los Ayuntamientos o al gobierno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331038-c333d807/contratos-respecto-a-servicios-publicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATOS SOBRE CONTRIBUCIONES, CELEBRADOS POR LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE LOS AYUNTAMIENTOS. (s/clave)
- SERVICIOS PUBLICOS, CONTRATOS CELEBRADOS RESPECTO A LOS. (s/clave)
- CONTRATOS SOBRE CONTRIBUCIONES, CELEBRADOS POR LOS MUNICIPIOS.- (749)
- AYUNTAMIENTOS, CONTRATOS CELEBRADOS POR LOS. (s/clave)
- CONTRATOS CIVILES CELEBRADOS ENTRE EL ESTADO Y UN PARTICULAR. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis