EMPLEADOS DE TRIBUNALES DEL FUERO COMUN EN EL DISTRITO FEDERAL, CESE DE LOS.
El artículo 60 de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales, no deja lugar a duda respecto a la absoluta y aun arbitraria facultad que tienen los Jueces de primera instancia para remover a los empleados de sus oficinas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331296-f0617d5b/empleados-de-tribunales-del-fuero-comun-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8727/37. Vicencio Mora Genaro. 6 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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