SUCESIONES, ACCIONES CONTRA LAS.
Todo procedimiento que tenga que enderezarse contra una sucesión, debe entenderse necesariamente con el albacea de la misma, y en caso de pago de contribuciones, cuando el deudor sea una sucesión, el requerimiento debe entenderse con dicho albacea y no con otra persona, ya que de no hacerse así, los procedimientos fiscales quedan viciados de nulidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331322-0aaf4d3a/sucesiones-acciones-contra-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4020/38. Arizmendi viuda de Chico Soledad, sucesión de. 8 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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