TITULOS PROFESIONALES.
El registro por el Departamento de Salubridad Pública y la revalidación del título de una persona, por la Universidad Nacional de México, si bien no puede considerarse un segundo título, de idénticos efectos a los del original, si es la prueba de su existencia, porque si dicha universidad no hubiera tenido a la vista el título original, no lo habría revalidado y tampoco el consejo lo hubiera registrado, autorizando al interesado para ejercer su profesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331516-76969943/titulos-profesionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 14684/32. Molkav Lorenzo. 29 de abril de 1938. Mayoría de tres votos. Disidente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.
Jurisprudencia relacionada
- TITULOS PROFESIONALES. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES, REGISTRO DE LOS. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES, REGISTRO DE. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES. REGISTRO DE LOS MISMOS EN CASO DE REVALIDACION DE ESTUDIOS. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES. (s/clave)
- PROFESIONISTAS, REVISION DE LOS TITULOS DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis