ADEUDOS FISCALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
La suspensión debe concederse respecto de los efectos de la resolución del Tribunal Fiscal de la Federación, que declara legal un impuesto, debiendo exigirse depósito en el Banco de México, S.A., de las cantidades que se cobran, aun cuando el quejoso manifieste en su demanda, que ya están asegurados los intereses fiscales, si no lo justifica; siendo el efecto de la suspensión, que el Tribunal Fiscal mantenga las cosas en el estado en que se encontraban al solicitarse la suspensión y no se remita el testimonio de la resolución reclamada hasta que se falle el amparo, ya que ese es el único acto de ejecución que puede atribuirse a la misma autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331779-0cbf0b8d/adeudos-fiscales-suspension-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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