CONCESIONES, CANCELACION DE LAS.
Por el solo hecho de que por una ley se declaren sin efecto las concesiones otorgadas por el Congreso de un Estado o por el Ejecutivo del mismo, se afecta o causa perjuicio a los titulares de esas concesiones, por lo que puede decirse que la ley comienza a tener cumplimiento desde la fecha de su promulgación.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 5666/36. Compañía Harinera de Torreón, S. A. y coagraviados. 6 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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