CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, RESCISION DE.
Si un particular se somete expresamente, al celebrar un contrato de arrendamiento con una autoridad, a los procedimientos administrativos que para obtener el exacto cumplimiento de las obligaciones estipuladas siguiere el arrendador, los actos de éste, fundados en ese contrato, no son violatorios de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332654-b42dd67d/contratos-administrativos-rescision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5683/36. Minchel Julio. 3 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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