SOBRESEIMIENTO, EFECTOS DEL.
Cuando los Jueces de Distrito sobreseen en la audiencia de derecho por causa de improcedencia, no quedan obligados a estudiar las cuestiones de fondo controvertidas, y tal estudio sólo deben hacerlo las Salas de la Suprema Corte, cuando proceda revocar dicho sobreseimiento, y si éste no se ataca en sus fundamentos legales, debe ser confirmado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332683-376268a1/sobreseimiento-efectos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1493/37. Sarlat Pablo Jr. 7 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
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