SOBRESEIMIENTO
Si el Juez del Distrito sobresee al celebrar la audiencia en un amparo, después de que las partes rinden sus pruebas y producen sus alegatos, la Corte, al revisar la sentencia, debe entrar al análisis del fondo del asunto y dictar el fallo que corresponda, concediendo o negando la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314819-4fae857d/sobreseimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3787/27. Méndez Zacarías, Jr. 26 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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