PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
Como el procedimiento administrativo no es un procedimiento judicial en el que el tribunal de alzada debe conocer tan sólo de agravios planteados por el recurrente, la autoridad administrativa está obligada a aplicar la ley y a cumplir con ella, de suerte que al combatirse una resolución mediante un recurso administrativo, la autoridad revisora tiene el deber de enmendar la inexacta aplicación de la ley que haya hecho el inferior, por el solo hecho de la inconformidad del afectado, sin necesidad de constreñirse a tales o cuales agravios o fundamentos legales invocados por el mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332689-eed68e28/procedimiento-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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