INMUEBLES, DERECHOS DE LOS ADQUIRENTES DE.
Aunque el remate fiscal de una finca se haya declarado en favor de una persona, en tanto que el notario público que extendió la escritura de adjudicación respectiva, no la haya autorizado y haya expedido el testimonio correspondiente y se haya inscrito en el Registro Público de la Propiedad, no puede reconocérsele al adquirente el carácter de propietario de dicho inmueble; pero aun cuando no se le pueda reconocer tal carácter, si ha adquirido derechos que tienen que verse afectados con el procedimiento coactivo seguido en contra del antiguo propietario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333119-b7aa4fca/inmuebles-derechos-de-los-adquirentes-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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