EXPROPIACION (LEGISLACION DE VERACRUZ).
No puede decirse que se verifica una expropiación, sin las formalidades de un juicio, si dicha expropiación se fundó y llevó a cabo basándose en la Ley Número 323 del Estado de Veracruz, ya que esta reglamenta, en sus artículos 9o., 10o. y 11 el juicio contencioso administrativo que debe seguirse en estos casos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333552-885a83c0/expropiacion-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1575/35. Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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