CONSULTORIOS MEDICOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE
Si las autoridades sanitarias ordenan la clausura de un consultorio de médico y la orden fue llevada a cabo, sus efectos se prolongan de momento a momento, ya que se impide al quejoso que entre al local que ocupa y que disponga de los muebles y demás enseres que son de su propiedad, y como la finalidad del acuerdo reclamado, en realidad sólo se refiere a impedir al quejoso que ejerza la profesión de médico, la suspensión puede acordarse, respecto a los efectos de la orden de clausura, ya que el hecho de entrar al consultorio y de disponer de los muebles, no puede afectar al interés general, ni contraviene disposición alguna de orden público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333625-45e469ab/consultorios-medicos-suspension-tratandose-de-clausura-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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