AGRAVIOS, EXPRESION DE.
No pueden considerarse como agravios, las alegaciones de que el inferior omitió hacer el estudio del amparo, no fijándose en los hechos de la demanda, si no se precisa la violación causada por el fallo a revisión, pues no son bastantes las alegaciones dichas, sino que debe precisarse cuáles son lo hechos que el inferior dejó de considerar o consideró en forma indebida, así como las razones que se tengan para estimarlo así.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333897-c87c0a9b/agravios-expresion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6342/35. Moreno Benito. 22 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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