AGRAVIOS. ESCRITO DE ALEGATOS.
Cuando la responsable pretende que se tome como agravio el escrito de alegatos que presentó ante un Juez de Distrito, tal alegación no debe tenerse como expresión de agravios, porque siendo dichas alegaciones anteriores a la sentencia recurrida, no pudo saber qué agravios le causó ésta. Por tanto, si no existe propiamente expresión de agravios, falta base para la controversia en la revisión y se juzgaría oficiosamente sobre derechos que no están en tela de juicio, lo que está en abierta pugna con el sistema establecido de la revisión a instancia de parte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268266-b2a011e7/agravios-escrito-de-alegatos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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