REVOLUCION, DAÑOS CAUSADOS POR LA.
Si el reclamante confiesa que por haber presentado el memorándum respectivo en forma extemporánea, no llegó a formalizarse la reclamación que presentó por daños causados por la Revolución, es indudable que ésta no llegó a tramitarse, pues lógicamente no puede darse trámite a la que no se inicia formalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333898-303a7dfa/revolucion-danos-causados-por-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6342/35. Moreno Benito. 22 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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