MULTAS, FALTA DE NOTIFICACION DE LAS.
Si el tesorero del Distrito Federal, al exigir a un causante unas multas, no le notificó el emplazamiento a que se refiere el artículo 263 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, en los términos del 264 de la misma ley, lo privó del derecho de expresar su conformidad o inconformidad con la liquidación que no fue notificada, con todos los efectos legales que de esa omisión se derivan, en perjuicio de los intereses del quejoso y con violación de las garantías de los artículos 14 y 16 constitucionales, razón por la que debe concederse el amparo que contra tales actos pida, únicamente para el efecto de que se corrija la violación del procedimiento cometido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334004-fb9c7294/multas-falta-de-notificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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