MILITARES, TIEMPO DE SERVICIOS DE LOS.
Del hecho de que un militar se encontrare inútil para el servicio de las armas, desde una fecha determinada, no puede deducirse que debe restarse de su hoja de servicios, el tiempo transcurrido desde esa fecha hasta el día de su muerte, que acaeció siendo aún miembro del Ejército, si siguió perteneciendo a éste, como miembro activo, por encontrarlo conveniente así la Secretaría de Guerra, y por tanto, la Secretaría de Hacienda, no puede pretender que se desconozcan los años de servicios primeramente citados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334013-a8229222/militares-tiempo-de-servicios-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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