QUEJA INFUNDADA.
Si la resolución de un Juez de Distrito, que declara fundada una queja, no tiene por efecto, solamente, que no se cumpla en toda su extensión una sentencia de la Corte, sino que decide sobre cuál de dos posesiones es mejor en derecho y debe ser respetada, como esas cuestiones, no pueden ser materia de queja ni resolverse mediante ella, sino que deben plantearse en juicio contradictorio ante los tribunales del orden común, debe declararse fundada la queja que ante la Corte se interponga, contra la resolución del Juez que declaró fundada la queja por exceso de ejecución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334514-5e4be633/queja-infundada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- QUEJA INFUNDADA. (s/clave)
- QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION. (s/clave)
- QUEJA INFUNDADA. (s/clave)
- QUEJA IMPROCEDENTE. (s/clave)
- QUEJA INFUNDADA. ES AQUELLA EN LA QUE EL RECURRENTE NO PRUEBA LOS EXTREMOS DE SU ACCION. (s/clave)
- QUEJA INFUNDADA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis