CARBON, LICENCIAS PARA EXPENDIOS DE.
Es verdad que las licencias para abrir expendios de carbón, no confieren al beneficiario un derecho absoluto y que pueden ser revocadas por la autoridad que las otorga; pero dicha revocación no debe hacerse arbitrariamente, sino en las condiciones exigidas por la ley o su reglamento, correspondiendo a las autoridades respectivas, la prueba de que sí han cumplido los actos y circunstancias enumerados por la ley, para retirar la autorización de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334889-90597f20/carbon-licencias-para-expendios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2759/35. Ibarra Rodríguez Rodolfo. 17 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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