MEDIDAS DE PESO, RESELLO DE.
Si en autos queda demostrado que una persona tiene un establecimiento comercial y que en una inspección verificada en el mismo, se encuentran dos básculas romanas sin resellar ni autorizar, como la Circular Número 1 de la Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo, publicada en el Diario Oficial de 28 de abril de 1934, dice que todo instrumento destinado a pesar o medir, que se encuentre, sea en cualquier establecimiento comercial o sea en cualquier otro lugar en que se lleven a cabo operaciones de pesar y medir, estará sujeto a autorización, verificación e inspección, dichas básculas se encuentran dentro del citado precepto, sin que se pueda excepcionar al dueño de ellos, diciendo que no las utilizaba en transacciones o ventas por peso o por medidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335023-b7b5fab6/medidas-de-peso-resello-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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