CIRCULARES EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
Las circulares expedidas por las autoridades administrativas, no pueden contravenir las prevenciones de la ley a que se refieren.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6827/34. Peláez Ignacio. 11 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Genaro V. Vázquez.
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