PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, POR LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.
Las autoridades administrativas son soberanas para hacer la apreciación de las pruebas que ante ellas se rindan, siempre que no infrinjan alguna ley reguladora respectiva.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1082/31. Ibargüengoitia de Buenrostro Guadalupe y coagraviado, cesión civil de. 13 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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