LEY FORESTAL, MULTAS POR INFRACCION A LA.
Los artículos 57 y 60 de la Ley Orgánica de la Tesorería General de la Federación, de 10 de febrero de 1926, establecen el recurso de oposición contra el cobro por las autoridades fiscales, por medio de la facultad económico coactiva; pero tal recurso no es obstáculo para que pueda reclamarse en amparo una resolución de la Secretaría de Agricultura y Fomento, confirmando una multa impuesta por infracción a la Ley Forestal, puesto que la acción fiscal de cobro no ha comenzado a ejercitarse. Por otra parte, dicha resolución es definitiva, por haber sido dictada en revisión; y cuando ya se ha estudiado definitivamente el caso conforme a su estatuto, no puede exigirse el ejercicio de ningún otro recurso ordinario, ni estimarse como definitivo el acto de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336680-5cfd2fec/ley-forestal-multas-por-infraccion-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MULTAS. (s/clave)
- MULTAS POR INFRACCIONES A LA LEY FORESTAL, NO SON ADEUDOS FISCALES. (s/clave)
- MULTAS POR INFRACCIONES A LEYES FORESTALES. (s/clave)
- LEYES FORESTALES, RECURSOS FISCALES CONTRA LAS MULTAS POR INFRACCION A LAS. (s/clave)
- MULTAS FORESTALES, JUICIO FISCAL DE NULIDAD PREVIO AL AMPARO EN LAS. (s/clave)
- LEY FORESTAL, MULTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE LA, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis