AMPARO ADMINISTRATIVO.
Es de estricto derecho y la resolución debe sujetarse a los términos de la demanda, sin que sea permitido suplir ni ampliar nada de ella.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336804-da84e5c0/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11192/32. Silva Rafael. 17 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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