IMPUESTOS ADUANALES, EXENCION DE.
Los artículos 1o. de la ley de 16 de junio, y 2o., de su reglamento, dicen: el artículo 1o.: "Se declaran exentos de derechos consulares y de importación, los materiales de construcción que se importen para construir edificios, dentro de los perímetros de las poblaciones fronterizas del norte de la República"; y el artículo 2o.: "Los administradores de las aduanas, una vez que hayan recibido los documentos indicados, tienen obligación de... ... ... ... III. Señalar el plazo de seis meses, que comenzará a contarse desde el día en que se haya autorizado la importación para que los interesados justifiquen, dentro del mismo plazo, que los materiales fueron utilizados en la forma expresada en la solicitud. En caso de que no se hubiere terminado la construcción, los administradores de aduanas, a solicitud previa de los propios interesados, podrán autorizar, por el tiempo que juzguen conveniente y siempre que no exceda de otros seis meses, el plazo primitivo que, por igual término, hubieren concedido". Del texto de las anteriores disposiciones, claramente se ve que para que una persona disfrute de la franquicia que en las misma se concede, necesario es que, dentro de los términos que se señalan, justifique el empleo que dio a los materiales importados, justificación que debe hacer ante la autoridad fiscal, y si no lo hace, se coloca en el caso de pagar los impuestos correspondientes; y la resolución que en tal sentido pronuncie la Dirección General de Aduanas, no viola la garantía del artículo 14 constitucional, porque no entraña aplicación indebida de las leyes del acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336827-66246c88/impuestos-aduanales-exencion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ADUANAS, EXENCIONES ANTE LAS. (s/clave)
- IMPORTACION, EXENCION DE IMPUESTOS EN CASO DE. (s/clave)
- IMPORTACIONES SIN AUTORIZACIONES CONCRETAS DE FRANQUICIA, GARANTIZANDO LOS IMPUESTOS, CON PAGO BAJO PROTESTA. (s/clave)
- EXENCIÓN DE IMPUESTOS EN CASO DE INDUSTRIAS NUEVAS.- (1064)
- EXENCION DE IMPUESTOS, EN CASO DE INDUSTRIAS NUEVAS. (s/clave)
- IMPORTACION DE MERCANCIAS, MULTAS POR PRESENTAR LAS CERTIFICACIONES CONSULARES QUE AMPARAN LA, FUERZA DEL PLAZO RESPECTIVO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis