LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL.
Esta ley no puede ser reputada, de ninguna manera, como un reglamento gubernativo y de policía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337252-d1df1941/ley-reglamentaria-del-articulo-28-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 62/28. Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal, S.A. 21 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
Jurisprudencia relacionada
- ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL, LEY REGLAMENTARIA DEL. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis