TRABAJADORES, RECUENTO DE LOS.
El recuento hecho por autoridad distinta de las Juntas de Conciliación, no puede afectar los derechos de los obreros, ni los incapacita para pedir que el recuento se repita por la Junta que conozca del conflicto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337264-f6805dc0/trabajadores-recuento-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3711/31. Unión de Obreros, Artesanos y Empleados de Minatitlán. 28 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.
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