EXPROPIACION.
Cuando la expropiación tiene por objeto el mejoramiento de un centro de población, la suspensión del acto reclamado debe negarse, pues si se concediera, sufrirían perjuicios la sociedad y el Estado, por el interés que tienen en que los actos o medidas que tiendan al mejoramiento de los centros de población, se ejecuten sin demora alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337315-e95303a7/expropiacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1326/31. Uruñuela Manuel C. y coagraviado. 29 de septiembre de 1931. Mayoría de tres votos. Enrique Osorno Aguilar y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION PARA ESTABLECIMIENTO DE COLONIAS URBANAS. (s/clave)
- EXPROPIACION, REQUISITOS PARA LA. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis