FACULTAD ECONOMICO COACTIVA.
Si los procedimientos para el ejercicio de la facultad económico coactiva se enderezan contra persona distinta de aquélla contra quien debieran dirigirse, es inconcuso que son violatorios de garantías, puesto que con ello se priva al verdadero interesado de sus propiedades y posesiones, sin que se le haya oído y vencido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337942-eddb9189/facultad-economico-coactiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 112/29. Velázquez de León Elena. 25 de agosto de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel V. Valencia. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
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