ESPECTACULOS PUBLICOS
Las percepciones que se obtengan por virtud de la representación de una obra, ya por el autor o por su representante, que cobre una comisión, para los efectos del impuesto sobre la renta, quedan comprendidas dentro del artículo 6o. de la ley relativa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338147-40adf555/espectaculos-publicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2491/28. Torres Beldaña Rafael de y coagraviado. 19 de marzo de 1930. Mayoría de tres votos. Excusa: Luis M. Calderón. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Daniel V. Valencia.
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