ACTOS CONSENTIDOS.
Como tales se reputan aquellos contra los que no haya interpuesto el amparo dentro de los quince días siguientes al en que hayan llegado al conocimiento del interesado, según pruebas fehacientes, y respecto de ellos el amparo es improcedente, debiendo sobreseerse, aunque los actos de que tuvo conocimiento el quejoso, no sean precisamente los reclamados, sino otros de los cuales son consecuencia legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338234-86aaaacd/actos-consentidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3052/24. Libreros Soto Vicente. 25 de septiembre de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis M. Calderón. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca. Relator: Salvador Urbina.
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