AGUAS FEDERALES.
La autorización a los usuarios para ejecutar obras de preservación y reparación siempre que no se alteren los niveles, capacidad y demás condiciones técnicas de las obras hidráulicas no puede causar a nadie violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338393-70d32acc/aguas-federales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1838/28. Serrano María de los Dolores. 16 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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