DOTACION DE EJIDOS.
Si se lleva a cabo, apartándose de lo mandado en la resolución presidencial respectiva, y las autoridades se niegan a devolver las tierras no afectadas por esa resolución; tales actos son violatorios de las garantías que otorga el artículo 16 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338510-c8ac3c5d/dotacion-de-ejidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2659/26. Mújica de Moreno Carmen. 9 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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