IMPUESTOS SOBRE PROFESIONES.
La ley que grava con un impuesto a los profesionistas y agentes de negocios, no priva a estas personas del producto de su trabajo, sino que se limita a exigirles el cumplimiento de la obligación que tienen los mexicanos, de contribuir a los gastos públicos. Tal impuesto no es personal, porque no grava a las personas, sino al lucro, o sea, los capitales obtenidos por el ejercicio de las profesiones o actividades lucrativas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338560-d94398ea/impuestos-sobre-profesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1439/23. Hidalgo Cuauhtémoc. 7 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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