IMPUESTOS.
Si el quejoso los ha cubierto sin observación ni protesta contra el decreto que los creó, es improcedente el amparo que interponga contra el cobro de esos impuestos, una vez pasados los quince días que señala la ley reglamentaria, desde la expedición del decreto, puesto que el cobro de los impuestos, no es sino la consecuencia de la aplicación del decreto que los estableció.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338633-5db0410d/impuestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "El Aguila ", S. A. 7 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTOS. (s/clave)
- IMPUESTO, CONFORMIDAD CON LOS. (s/clave)
- IMPUESTOS, EQUIDAD DE LOS. (s/clave)
- IMPUESTOS, CONSENTIMIENTO DEL COBRO DE LOS. (s/clave)
- IMPUESTOS. (488)
- IMPUESTOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis