REMATES FISCALES.
Conforme a la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, la autoridad fiscal tiene la obligación de comunicar a la autoridad judicial, que haya mandado fijar cédula hipotecaria en una finca que se embargue para hacer efectivo el adeudo por contribuciones, que se practicó dicho embargo, a fin de que, por este conducto, lo sepa el acreedor hipotecario y pueda intervenir en defensa de sus derechos; y si dicho aviso no se da, con ello se violan las garantías individuales del acreedor, aun cuando la falta de aviso obedezca a un error del encargado del Registro Público de la Propiedad, pues un error no puede privar al dueño del crédito, de sus derechos de defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338635-a5878ddd/remates-fiscales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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