PRUEBA CONFESIONAL, VALOR DE LA.
La regla general es de que la confesión, por recaer sobre hechos propios del absolvente, hace prueba plena en todo lo que le perjudica, ya se trate de la confesión expresa o de la ficta, con las únicas salvedades que consigna la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338869-aee265f1/prueba-confesional-valor-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5995/55. Fidelia Rosete de Román. 18 de enero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
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