PRUEBAS, ESTUDIO DE LAS.
Para que pueda hablarse de un real y verdadero estudio de las pruebas, es absolutamente necesario que el juzgador considere, analice y valorice todas y cada una de ellas para desprender la conclusión que en derecho proceda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338925-b5bbe601/pruebas-estudio-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2216/56. Luz Castro. 11 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
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