APELACION, EXAMEN DE PRUEBAS EN LA.
Por virtud del efecto devolutivo de la apelación, el Tribunal de Alzada, cuando resuelve sobre ésta, lo hace con plenitud de jurisdicción, y por ello mismo no puede desconocérsele la facultad que tiene de examinar y valorar las pruebas conforme a derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339269-4f7910c6/apelacion-examen-de-pruebas-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5956/55. Jorge Lazos Blanco. 19 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Jurisprudencia relacionada
- APELACION, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR EL TRIBUNAL DE. (s/clave)
- APELACION, PRUEBAS EN LA. (s/clave)
- APELACION, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR EL TRIBUNAL DE. (s/clave)
- APELACION, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR EL TRIBUNAL DE. (s/clave)
- PRUEBAS EN LA APELACION. ANALISIS POR EL TRIBUNAL DE ALZADA. (s/clave)
- PRUEBAS EN LA APELACION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis