Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA PERICIAL, VALORACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 339454 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 176

Constituye una facultad exclusiva del juzgador, en términos del artículo 410 del Enjuiciamiento Civil del Estado de Jalisco, la de valorar el dictamen de los peritos, según su prudente arbitrio. Y no puede decirse que se hubiere infringido esa disposición, si se expresaron las razones lógicas y legales por las que no se concede eficacia probatoria a los dictámenes del perito del demandado y el tercero en discordia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339454-7ba7d4ab/prueba-pericial-valoracion-de-la-legislacion-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3652/55. José de Jesús González Silva. 13 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 667, como tesis relacionada con la jurisprudencia 238.

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