Corpus
Modo: Corpus Pro

CONSIGNACION, TRANSMISION DEL DOMINIO DEL BIEN OBJETO DE LA. DESISTIMIENTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 339632 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 19

Por el solo hecho de que una persona consigne en favor de otra determinada cantidad, no puede estimarse que se desprendió de la propiedad de esa suma, y que este derecho corresponda al consignatario. Para que se opere la transmisión del dominio es preciso que a favor de quien consignaron manifieste su consentimiento de aceptar la suma que se le consigna, en virtud de que no puede serle impuesto el derecho de propiedad contra su voluntad en las diligencias de consignación. Por lo tanto, la suma consignada continúa perteneciéndole a quien la consignó, mientras el consignatario no manifieste indubitablemente su consentimiento de afectarla, y por ello, quien la consignó está en aptitud de desistir de la consignación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339632-67531a10/consignacion-transmision-del-dominio-del-bien-objeto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1882/54. Ernesto Rodríguez. 3 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.

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