INTERES, REDUCCION DEL.
Dados los términos mismos en que está concebido el artículo 2395 del Código Civil, es innegable que la ley dejó al prudente arbitrio del Juez reducir equitativamente el interés pactado, pero sobre la base de que éste fue desproporcionado, por haber abusado en el caso, del apuro pecuniario, de la inexperiencia o de la ignorancia del deudor; además, debe tenerse presente el uso y la práctica diaria en la vida de los negocios, en esa clase de operaciones, armonizando este dato complementario con las circunstancias especiales del caso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339656-cb2c64fb/interes-reduccion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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